PIMBP - LA CALLE DE MI BARRIO



Requisitos

  1. El Barrio Urbano Marginal (BUM) debe tener entre 150 a 230 lotes/vivienda que cuenten con servicios domiciliarios de agua potable, desague y energía eléctrica en funcionamiento y con certificación del concesionario de no cambiar redes.
  2. BUM debe tener una antiguedad no menor a 05 años, contar con título de propiedad y accesibilidad vial.
  3. Las Municipalidades deben contar con una población no menos a 20,000 habitantes.
  4. El BUM no debe ubicarse en zonas de riesgo como márgenes de rio, quebradas, entre otros.
  5. Suscribir un acta de compromiso de co-participación y co-financiamiento entre Municipalidad y Organización Comunitaria.
  6. El 80% de los predios deben estar ocupados.


<< Página Anterior <<