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PIMBP - LA CALLE DE MI BARRIO
Requisitos
- El Barrio Urbano Marginal (BUM) debe tener entre 150 a 230 lotes/vivienda que
cuenten con servicios domiciliarios de agua potable,
desague y energía eléctrica en funcionamiento y con
certificación del concesionario de no cambiar redes.
- BUM debe tener una antiguedad no menor a 05 años,
contar con título de propiedad y accesibilidad vial.
- Las Municipalidades deben contar con una población
no menos a 20,000 habitantes.
- El BUM no debe ubicarse en zonas de riesgo como
márgenes de rio, quebradas, entre otros.
- Suscribir un acta de compromiso de co-participación y
co-financiamiento entre Municipalidad y Organización
Comunitaria.
- El 80% de los predios deben estar ocupados.
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